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Fiscalidad

IGIC en reformas en Canarias: ¿cuándo pagas 7%, 3% o 0%?

Actualizado: octubre de 2026 · Lectura 6 min · Información orientativa, no asesoramiento fiscal

En Canarias, las reformas no llevan IVA, sino IGIC, que es bastante más bajo. El tipo general es el 7 %, pero en vivienda habitual puede bajar al 3 % y en vivienda protegida ser del 0 %. Saber qué tipo te corresponde puede suponer un ahorro de varios miles de euros. Te lo explicamos claro.

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¿Qué es el IGIC y por qué no pagas IVA en Canarias?

El IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) es el impuesto que sustituye al IVA en las Islas Canarias. Por el régimen económico y fiscal especial del archipiélago, aquí no se aplica el IVA peninsular del 21 %, sino el IGIC, con tipos mucho más reducidos. Para una reforma, esto significa pagar bastante menos impuestos que en la península.

Los tres tipos de IGIC en una reforma

7 % — tipo general

Es el tipo que se aplica por defecto a la mayoría de reformas. Si no se cumplen los requisitos del tipo reducido, tu reforma lleva un 7 % de IGIC.

3 % — tipo reducido (vivienda habitual)

Se aplica a las obras de renovación y reparación de vivienda habitual cuando se cumple una condición clave de la Ley 4/2012: que el coste de los materiales aportados por la empresa que ejecuta la obra no supere el 40 % de la base imponible de la operación. Es decir, cuando la obra es principalmente mano de obra. Si los materiales superan ese 40 %, se aplica el 7 %.

0 % — vivienda protegida (VPO)

Las obras en viviendas de protección oficial pueden tributar al 0 % de IGIC, según los requisitos aplicables.

La información de esta página es orientativa a 2026 y no constituye asesoramiento fiscal. Los requisitos y tipos pueden cambiar; confírmalo con tu asesor o gestoría, o con el profesional que ejecute la obra. Fuente: Ley 4/2012 del IGIC.

Cuánto te ahorras frente al IVA peninsular

Coste de la reformaIGIC 7 % (Canarias)IVA 21 % (península)Diferencia
10.000 €700 €2.100 €1.400 €
30.000 €2.100 €6.300 €4.200 €
50.000 €3.500 €10.500 €7.000 €

Y si tu caso cumple el 3 % reducido, el ahorro es aún mayor: en una reforma de 50.000 €, el IGIC al 3 % serían 1.500 € en lugar de 3.500 €.

¿Cómo sé qué tipo me corresponde?

Depende sobre todo de dos cosas: si es tu vivienda habitual y del peso de los materiales en el total de la obra. Como la proporción de materiales la fija el presupuesto concreto, lo habitual es que el profesional que ejecuta la obra determine y aplique el tipo correcto en su factura. En nuestra calculadora puedes indicar si es tu vivienda habitual y el presupuesto ajusta el IGIC en consecuencia.

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Preguntas frecuentes

¿Qué IGIC se aplica a una reforma en Canarias?

El tipo general es el 7 %. En vivienda habitual que cumpla los requisitos de la Ley 4/2012 puede aplicarse el 3 %, y en VPO el 0 %.

¿Cuándo se aplica el IGIC reducido del 3 %?

En renovación y reparación de vivienda habitual cuando los materiales aportados por quien ejecuta la obra no superan el 40 % de la base imponible. Si se supera, se aplica el 7 %.

¿El IGIC sustituye al IVA en Canarias?

Sí. En Canarias no hay IVA, sino IGIC, con tipos más bajos: el general es el 7 %, frente al 21 % del IVA peninsular.

¿Cuánto me ahorro con el IGIC frente al IVA?

En una reforma de 50.000 €, el IGIC al 7 % son 3.500 €, frente a 10.500 € del IVA al 21 %. Una diferencia de 7.000 €.

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